CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 11 de Mayo de 2004
194º y 145º
ASUNTO : GJ01-S-2003-000297
Firme como se encuentra la decisión dictada, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 28-02-03, ejecútese en vista que se decretó el SOBRESEIMIENTO de la causa iniciada en virtud de la denuncia interpuesta por el ciudadano José Manuel Dos Santos, en fecha 15-08-93, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal, dicha decisión se basó en conformidad con lo pautado en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 108 numeral 7° ejusdem. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal función de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la remisión de la presente actuación al Archivo Judicial, por cuanto la misma se encuentra terminada, remítase a la Oficina de Archivo Central para su custodia y posterior remisión a la Oficina de Archivo Judicial. Líbrense oficios y Boleta de Notificación.
Abg. Diana Calabrese Canache.
Juez de Primera Instancia Penal
en función de Ejecución N° 3.
La Secretaria,
Abg. Yudith Villegas.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Yudith Villegas
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