REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 27 de Mayo de 2004
Años 194º y 145º
ASUNTO : GK01-P-2001-000019
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Ejecútese Sentencia definitivamente firme, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 04-05-04 mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano ARANGUREN VAN GRIEKEN LUIS RAFAEL ANTONIO, titular de la Cedula de Identidad N° 5.979.547, por acusación presentada en su contra por el Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el articulo 411 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Yelitza Coromoto Parra Figueroa (hoy fallecida); en consecuencia el señalado Tribunal le otorgó la LIBERTAD PLENA al ciudadano Aranguren Van Grieken Luís Rafael Antonio, antes identificado. Por consiguiente este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 3 de este Cicuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ejecúta la Sentencia Absolutoria, dictada al ciudadano Aranguren Van Grieken Luís Rafael Antonio, antes identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico procesal Penal. Por consiguiente, acuerda Oficiar a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Caracas Distrito Capital y a la Oficina Central de Identificación y Extranjería, para hacer cesar cualquier medida o búsqueda que pese en contra del referido ciudadano, en relación a la presente actuación. En vista que la presente causa se encuentra terminada, se ordena su archivo, y sea remitida la misma, al Archivo Central para que este a su vez lo remita al Archivo Judicial, para su guarda y custodia definitiva. Líbrense Oficios. Notifíquese. Désele salida. Cúmplase.
Abg. Diana Calabrese Canache.
Juez de Primera Instancia Penal
en función de Ejecución N° 3.
La Secretaria,
Abg. Yecenia Hidalgo
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria,
Abog. Yecenia Hidalgo
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