TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA


N° DE EXPEDIENTE:GH01-L-2004-000124
PARTE ACTORA:MAGALY PABÓN GELVIZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARELIS ACEVEDO
PARTE DEMANDADA: GRUPO EMPRESARIAL FUNG C.A. Y OTROS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LINDA JOHNSON
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 20 de Mayo del año 2004, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos: MAGALY PABÓN GELVIZ, en su carácter de parte actora, representada por su apoderada judicial ARELIS ACEVEDO, debidamente identificada en autos y por la demandada GRUPO EMPRESARIAL FUNG C.A. Y OTROS, debidamente representada por su apoderada judicial LINDA JOHSON, debidamente identificada en autos, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte actora acepta la proposición de la empresa la cual conviene en cancelar la suma de Bolívares 5.100.000,00, provenientes del calculo efectuado en las audiencias anteriores derivadas de las prestaciones sociales, con dicho monto la parte actora manifiesta no tener más nada que reclamar ni por este ni por ningún otro concepto derivado de la relación de trabajo. Esta suma será cancelada el día Lunes 24 de mayo a las 8:30 a.m. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .


La Juez

La Secretaria

Abg. Rosiris Cecilia Rodríguez González
Abog. Odalis Parada


Las Partes