Guanare, 24 de Noviembre del año 2004
Año 194º y 145º
_______________________________________________________
Solicitud N°: 2CS-292-04
Jueza: de Control N° 2.
Abg. Zoraida Graterol de Urbina.
Secretaria : Abg. Argelia Guedez Romero.
Fiscal: Quinta Auxiliar del Ministerio Publico.
Abg. Maria Alejandra Fernández.
Defensora: Publica de Adolescente
Abg. Taide Esmeralda Jiménez
Rodríguez.
Imputados: Identidades omitidas
Victima : Adeliz Ramón Pimentel Montilla
Audiencia: Fijación Plazo.
_____________________________________________________
En la solicitud distinguida bajo el número 2CS-292-04, en el día de hoy 24 de Noviembre del año dos mil Cuatro, siendo las 2:50 de la tarde; se dio inicio en la Sala de Audiencias ubicada en la planta baja del Palacio de Justicia con sede en esta ciudad de Guanare, Municipio Guanare de este Estado Portuguesa, a: al Acto, con ocasión a audiencia oral y reservada, fijada por este Tribunal para ventilar solicitud de la Defensa relacionada con la fijación de plazo a la Fiscal del Ministerio Público para que culmine la investigación que adelanta en contra de los adolescentes identidades omitidas
Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentran presentes la Defensora Pública de Adolescentes, Abogada Taide Esmeralda Jiménez, el adolescente Imputado identidad omitida y su Representante Legal ciudadano José Ángel Azuaje. Se deja constancia de la inasistencia del adolescente Imputado identidad omitida y de la Fiscal del Ministerio Publico.
Seguidamente, la Juez explica al Adolescente Imputado presente que el motivo de la celebración de la presente audiencia es con ocasión de la solicitud que formulo la Defensa para que se fije un plazo al Fiscal del Ministerio Público para que culmine con la investigación, pero es propicia la ocasión infórmale al adolescente y a su Representante Legal que este Tribunal ya recibió Acusación de la Fiscal del Ministerio Publico por lo que la solicitud de la defensa no hay materia por la cual decidir por cuanto ya se puso a disposición de las partes la acusación Fiscal del Ministerio Público.
Seguidamente la Defensa toma el derecho de palabra y expone que efectivamente el presente acto se realiza con fines educativos y que no afecta a su representado José Rafael González quien no esta presente y con relación a la solicitud de fijación de plazo solicita al tribunal se deje sin efecto dicha solicitud toda vez que la Representación Fiscal ya presento Acusación, sin embargo manifestó que estaba de acuerdo con la realización de este acto para que el adolescente entienda que se encuentra dentro de un proceso penal y que sirve para reorientar al adolescente.
Acto seguido la Jueza se dirige al Adolescente y le impone del precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5to de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y le pregunta que si quiere declarar con relación al presente acto, el adolescente expone que no tenía nada que decir. Luego la Juez le pregunta al adolescente Imputado que se identifique con su cedula de identidad. Acto seguido el adolescente manifestó que se llamaba identidad omitida. En este estado la Juez acuerda con lugar lo solicitado por la Defensa y en consecuencia deja sin efecto la solicitud de fijación de plazo signada con el N° 2CS-292-04.
Las partes presentes quedaron notificadas de la presente decisión.
Siendo todo, el acto finalizó marcando la hora las Tres de la tarde y toda vez leída como fue y en virtud de su conformidad, se suscribe la presente acta, colocándosele el sello húmedo del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Guanare, a los 24 dias del mes de Noviembre de 2004.-
La Juez de Control N° 2,
Abg. Zoraida Graterol de Urbina.
La Secretaria de Control,
Abg. Argelia Guédez Romero.
|