En consecuencia, este Tribunal del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente Homologación a dicho Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de procedimiento Civil.- Asimismo, se ordena expedir por Secretaría Copias Certificadas de los folios a que se refiere la presente solicitud y entréguesele a la Dra. ELVISMARY HERNANDEZ ALFONZO, conforme a lo pedido.- Se da por terminado el Juicio y se ordena el archivo del Expediente.- Cúmplase lo ordenado.-