REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-V-2004-001609
A C T A
Yo, Patricia Cabrera Manfredi, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.472.150, en mi condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, declaró: Me inhibo de conocer en la presente causa, intentada por los ciudadanos NELLY JOSEFINA HERNANDEZ DE HERRERA Y ALBERTO HERRERA SALAZAR contra EDUARDO EMITO PIRELA GONZALEZ Y DINORA GONZALEZ MONTIEL por INTERDICTO POR DESPOJO, y donde actua como abogada de la parte actora PASTORA SEIVA AGUILAR, (la cual firma el libelo de demanda y tambien aparece mencionada y firmando la reforma), por cuanto existe enemistad manifiesta entre la mencionada abogada y la Juez que suscribe, inhibición ésta que ha sido declarada con lugar en anterior oportunidad por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, todo de conformidad con el numeral 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia expídase copia certificada de la presente acta, del libelo de demanda, del poder con que actúa la referida abogada y de la sentencia que declaró con lugar la inhibición emanada del Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso de la Región Centro Occidental y remítase a la URDD para su distribución entre los Tribunales Superiores a los fines de que se pronuncien sobre la presente inhibición. Remítase el expediente a la URDD a los fines de que lo distribuya entre los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, a los fines de que continuen con el conocimiento de la causa. Aperturese cuaderno y remitase a la URDD a los fines de que lo distribuya entre los Superiores y se pronuncien sobre la misma. Desele salida.
LA JUEZ
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI

Seguidamente se remite expediente constante de una pieza. Se libraron oficios Nros. 0900-3407 y 3408 remitiendo expediente y 3409 y 3410 remitiendo cuaderno signado con el Nro. KH01-X-2004-163.
Sec;


PCM/nancy