REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-F-2004-000313

El ciudadano SERGIO RAFAEL DELGADO, venezolano, mayor de edad, con C.I. No. 12.692.150, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error no asentaron la palabra donde se lee " y es hijo de PEDRO RODRIGUEZ". La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO del solicitante antes identificado, en el sentido de que se asiente que es "hijo de PEDRO RODRIGUEZ. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA MANUEL MORILLO DEL MUNICIPIO TORRES DEL ESTADO LARA, y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO No. 93, Folio Nro. 47; año 1971. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los dieciocho días del mes de Noviembre del dos mil cuatro. Años: 194º y 145º.-
EL JUEZ LA SECRETARIA ACC.,

ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. MARIA MILAGROS MEDINA
Publicada en su fecha a las 2:30 p.m. Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-3431 y 0900-3432. PCM/MMM/Zaira.