REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KH03-T-2001-000005
A C T A
Yo, Patricia Cabrera Manfredi, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.472.150, en mi condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, declaro: Me inhibo de conocer en la presente juicio por DAÑOS MORAL DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRANSITO intentado por AGUSTIN SUAREZ Y OTROS contra EMPRESA 1° DE OCTUBRE Y SOCIEDAD MERCANTIL LA FEDERACION COMPAÑIA DE SEGUROS C.A. donde actúa como acreedora de los demandados la abogada NUBIA ZULIMA MENDEZ MOLINA, por cuanto existe enemistad manifiesta entre la mencionada abogada y la Juez que suscribe, inhibición ésta que ha sido declarada con lugar en anterior oportunidad por el Juzgado Superior, todo de conformidad con el numeral 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, aperturese cuaderno, expídase copia certificada de la presente acta, de la sentencia que declara con lugar inhibición anterior emanada del Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara y del poder otorgado a la referida abogada y, remítase a la URDD para su distribución entre los Tribunales Superiores a los fines de que se pronuncien sobre la presente inhibición. Remítase el expediente a la URDD para su distribución entre los Tribunales de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, a los fines consiguientes. Desele salida.
LA JUEZ
(fdo)
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI
Seguidamente se remite expediente constante de dos piezas, se abrió cuaderno de inhibición con el Nro. KH03-T-2001-5. Se libraron oficios Nros. 0900-34581, 3459 remitiendo expediente y, 3460, 3461 remitiendo el cuaderno de inhibición signado con el Nro. KH01-T-2001-5.
Sec;