REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-010044
La ciudadana ANGELI VALERIA SPAGNOLI ARANGUREN, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 14.825.884, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que asentaron el nombre de su padre como FRANCISCO, siendo lo correcto “FRANCESCO”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre correcto del padre de la solicitante como FRANCESCO.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en el Acta de Matrimonio N° 625, folio 346 año 1984. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los veintiún dias del mes de Junio de dos mil cuatro. Años 194º y 145º.
LA JUEZ, LA SECRETARIA A
ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. MARIA M. MEDINA
Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-3496 Y 3497.-
PCM/LPM/ij.