REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-009522

Rect. Act.
C.F.

El ciudadano MARLON JOSUÉ MUJICA COLMENAREZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 4.731.746, de este domicilio solicitó la rectificación del Acta de Defunción de su ciudadano padre ALBERTO MANUEL MUJICA MUJICA, la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Defunciones, llevados por la Parroquia Catedral, en fecha 13/05/1993, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el No. 2291, del año 2004 en el sentido que, erróneamente aparece el nombre de su hijo como JOSE siendo lo correcto “JOSUÉ”. Admitida la solicitud en fecha nueve (09) de noviembre de dos mil cuatro, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara (f. 07). En fecha 18/10/2.004, se dio por notificada la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 07).
Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:----------------------------------------------------------------------------------------------
UNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Partida de Defunción y así se declara. Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Defunción, efectuada por el ciudadano MARLON JOSUÉ MUJICA COLMENAREZ, y en consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, se sirva estampar nota marginal en la Partida de Defunción No. 2291, del año 2.004. en el sentido que el nombre correcto del hija del difunto ALBERTO MANUEL MUJICA MUJICA es “JOSUÉ” y no JOSE. Expídase copia certificada de la sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintiséis (26) días del mes de Noviembre de dos mil cuatro. AÑOS: 194° y 145°.
La Juez

Tamar Granados Izarra
La Secretaria

María Fernanda Alviarez
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec.
TGI/g.p.