REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL. EXTENSIÓN CARORA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 23 de Noviembre de 2.004.
194º y 145º
Vista el escrito presentado por el Abogado ALEXANDER CORONADO, Inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 40.494, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos Rafael José Coronado y Blas Coronado, identificados en autos, en donde Niega los hechos y se acoge al Derecho de Retasa conforme a lo previsto en los artículos 22 y 25 de la Ley de Abogados, competerá al Tribunal Retasador ponderar lo reclamado por el intimante Abogado OSCAR FERRER ó si merece el monto global establecido por la Ley, que en todo caso no podrá exceder del 30% del total de lo demandado en el juicio principal. En vista de lo expuesto por el intimante y todo el derecho de retasa al cual se acogen los demandados atraves de su Apoderado Judicial, este Juzgador considerá procedente el derecho al Cobro de Honorarios Profesionales y así se decide Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. En consecuencia se fija el tercer (3er) día de Despacho siguiente al de hoy a las 9:30 am, para el nombramiento de Retasadores.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 23 de Noviembre de 2004. Años 194º y l45º.
El…/

Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA

El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 227-2.004, se publico siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR




Exp. Nº 4515
TLA.06