Vista la diligencia de fecha: 15-11-2004, suscrita por el abogado: ARCANGEL CORDERO SIERRA, apoderado actor, mediante la cual desiste del procedimiento en contra de las partes co-demandadas: CORPOAUTO C.A., en su carácter de propietaria, y ROYAL & SUNALLIANCE SEGUROS (VENEZUELA) S.A., el Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, lo acuerda de conformidad, y le imparte su homologación al mismo.- En consecuencia, prosígase la presente causa en contra de la ciudadana: ROSSANA HERNANDEZ GIL, en su carácter de conductora, a quien se acuerda librar boleta de citación y compulsa, una vez que la parte actora suministre los fotostatos del libelo de la demanda, en virtud de que luego de publicada la Sentencia de fecha 18-10-2004, mediante la cual se ordenó Reponer la presente causa, no consta en los autos que la parte actora haya consignados los fotostatos de la copia del libelo de la demanda para su respec tiva citación.-