REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 15/11/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud de la Parte Actora. A fin de cumplir el Embargo Ejecutivo, nos atiende la demandada, y se notificó de la misión del Tribunal. El Juez designa Perito y Depositario, previa juramentación, la Parte Actora señala bienes a embargar. La Notificada con la asistencia debida cancela la deuda previo reconocimiento de los pagos efectuados por ésta a la demandada. La Parte Actora declara que recibe en este acto el pago antes dicho. El Tribunal visto lo expuesto por las partes, da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 12:00 Meridiem. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.