En el día de hoy, Tres (03) de Noviembre del año Dos Mil Cuatro (2004), siendo las 11:50 a.m., se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por indicación y compañía del Abogado Elibanio Uzcategui, Inpreabogado N° 90.610, en la siguiente dirección: Embotelladora Terepaima, C.A., calle Dr. Guillermo Alvizu cruce con calle San Rafael, Cabudare Municipio Palavecino del Estado Lara; a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de los Andes, con ocasión del juicio Amparo Constitucional, intentado por la ciudadana Vilma Nellys Vargas Flores contra Embotelladora Terepaima, C.A., para practicar EJECUCION FORZOSA de la sentencia dictada por el tribunal comitente, en fecha: 23-09-2004. Una vez en el lugar, se hicieron los toques de Ley, en la puerta del referido inmueble, siendo atendidos por la ciudadana Blenda de Torrealba, títular de la cedula de identidad N° 9.615.647, quien manifestó ser la gerente de la Embotelladora Terepaima, C.A., a quien se le notifico la misión del Tribunal; igualmente hizo acta de presencia el Abogado Walter José Rodríguez Barradas, Inpreabogado N° 80.590, quien asiste a la gerente de contabilidad de la empresa antes mencionada ciudadana Blenda de Torrealba. En este estado, la parte actora expone: “Solicito de este tribunal proceda a ejecutar la sentencia encomendada por el juzgado de la Causa”, es todo. Seguidamente la gerente de contabilidad, Blenda Torrealba asistida por el abogado Walter Rodríguez y expone: “Por cuanto en el momento en que el tribunal ejecutor de medidas, se constituyo , en la sede de la empresa, las instalaciones se encuentra desocupada de todo el personal, ya que no es hora laborable, no se encuentra alguna autorizada o facultada para dar cumplimento a la misión del Tribunal, es imposible reenganchar al trabajador, ya que mi persona tiene la facultad para realizar este acto, es todo. En este estado, este Juzgado ejecutor de Medidas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley, ORDENA el reenganche, a la ciudadana Vilma Nellys Vargas, títular de la cedula de identidad N° 12.205.713 y el pago de los salarios caídos desde su desincorporación hasta su total definitiva incorporación; tal y como lo señala el mandamiento de ejecución, relacionado con la Ejecución Forzosa, decretada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de los andes.. Siendo las 1:05 p.m., se ordena el regreso del tribunal a su sede de origen. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-Fdo- LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, FIRMA ILEGIBLE, ABOGADO, ANADILEYS TORRES NIETO (L.S.). –Fdo- Parte-Actora, firma ilegible, Elibanio Uzcategui.-Fdo- La Notificada, firma ilegible, Gerente Blenda Torrealba –Fdo- Abogado-Asistente, firma ilegible, Abogado Walter Rodríguez. –Fdo- La Secretaria, firma ilegible, Abogado Yetzaida Toro Varela (L.S.). Otro si: En este estado, este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja constancia que la ciudadana Vilma Vargas, se encuentra presente en la medida. Es todo, se leyó y conformes firman. LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, FIRMA ILEGIBLE, ABOGADO, ANADILEYS TORRES NIETO (L.S.). .). –Fdo- Parte-Actora, firma ilegible, Elibanio Uzcategui.-Fdo- La Notificada, firma ilegible, Gerente Blenda Torrealba –Fdo- Abogado-Asistente, firma ilegible, Abogado Walter Rodríguez.-Fdo- La Reenganchada, firma ilegible, Vilma Vargas (12.205.713). –Fdo- La Secretaria, firma ilegible, Abogado Yetzaida Toro Varela (L.S.).
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