En el día de hoy Cuatro (04) de Noviembre Dos Mil Cuatro (2004), siendo las 10:00 a.m. se traslado y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por indicación y compañía de la Abogado Digna Arrieche Mogollón, Inpreabogado N° 8.203, en la siguiente dirección: Urbanización “El Amanecer”, II Etapa, casa N° 262 situada en el sitio conocido como el Placer, sector los Rastrojos, *Jurisdicción José Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con ocasión del juicio Ejecución de Hipoteca, intentado por Casa Propia Entidad de Ahorro y Préstamo, contra los ciudadanos Oscar Enrique Manzanarez Marín y Manilet Lourdes Aranguren de Manzanarez, para practicar medida de Entrega Material del inmueble rematado en fecha 08-06-2004 a la Ciudadana Beylla del Valle Arrieche Zambrano.. Una vez en el lugar se hicieron los toques de Ley en la puerta del referido inmueble, no siendo atendidos por persona alguna y por lo cual a los efectos de continuar ejecutando la medida, este Tribunal designo como cerrajero al ciudadano: Mario Hernán Tamayo Mejias, títular de la cedula de identidad N° 22..330.241, quien procedió abrir la puerta de acceso del inmueble; una vez en el interior del mismo, se observo que existía bienes muebles y para continuar ejecutando la medida se crea Deposito necesario designando como depositaria de los bienes a la Depositaria Barquisimeto C.A, representada en esta caso por el Ciudadano: Guillermo Rodríguez, títular de la cedula de identidad N° 4.730.194, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir con sus obligaciones y como perito inventariador al ciudadano Daniel Ernesto Aguero, títular de la cedula de identidad N° 15.885.183 quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir con sus obligaciones; el cual procedió a realizar el inventario de los bienes encontrados en el interior del inmueble, siendo los siguientes: 1.- Un (01) Juego de Comedor de Madera, con puestos de cuatro sillas con espaldar de madera y asiento de tela (florada) color verde oscuro. 2.- Un (01) Mini-componente, marca Riviera, aparentemente sin serial ni modelo visible tiene un número de identificación el cual es: 40100609-0104 se ignora su funcionamiento. 3.- Tres (03) sillas en estructura de meta, color negro. 4.- Dos (02) poltronas forradas en semi-cuero, color marrón claro en mal estado de presentación. 5.-Dos (02) cajas contentiva de ropa usada. 6.- Un (01) cajón de sonido, con dos bajos, marca nxs, dos twester, masca PYRAMID; y una corneta marca Legacy, aparentemente sin serial ni modelo visible, se desconoce su funcionamiento. 7.- Un (01) Gato caimán; color rojo, con su respectiva palanca; muy usada; 8.- Un (01) taburete fabricado en puro de dos entrepaños. 9.- Un (01) Pedestal con su respectivo jarrón de colores marrón claro y oscuro, con orillas de color dorado. 10.- Una (01) escultura de yeso, de figura pareja color beige y marrón. 11.- Una (01) caja contentiva de ropa usada. 12.- Un (01) cargador de celular, marca LG. 13.- Una (01) caja contentiva de libros y varios papeles. 14.- Una (01) planta de sonido, marca TARGA de 100 walts, modelo HX4CH600, usado se ignora su funcionamiento. 15.- Una (01) caja de vajillas en porcelana de 20 piezas. 16.- Dos (02) bajos, marca PIONNER, modelo TS-W3V2F presenta mucho uso, se desconoce su funcionamiento. 17.- Un (01) ventilador, marca TAURUS, color blanco con rejilla gris, aparentemente sin serial ni modelo, se ignora su funcionamiento. 18.- Una (01) mesa para computadora, en estructura en metal y tablopan; forrado en formica; en mal estado. 19.- Una (01) mesa de 2 gavetas fabricado en tablopan forrado en formica. 20.- Una (01) Caja contentiva de ropa usada y lámpara. 21.- Una (01) caja con platos de porcelana y un tester. 22.- Un (01) cuadro pintado en aceite con figura de dos pericos no incluye marco. 23.- Una (01) caja contentiva de tazas y platos marca PERBIE STONE aparentemente nuevos. 24.- Una (01) bolsa plástica negra, contentita de ropa usada y sucia. 25.- Una (01) cesta de plástico color blanco incluye ropa usada. 26.- Una (01) mesa de planchar plegable, en mal estado. 27.- Una (01) caja contentiva de ropa usada y una muñeca de trapo usada 28.- Un (01) tobo, color blanco, contentivo de ropa usada y sucia. 29.- Un (01) ventilador de mesa, marca FM. Modelo 450, color blanco y azul, se ignora su funcionamiento. 30.- Dos (02) bolsas plásticas, color negro, contentivo de ropa usada. 31.- Una (01) cesta contentiva de medicina. 32.- Una (01) cama matrimonial en pino, incluye copete dos mesitas de noche, (posee dos gavetas); con sus respectivo colchón en tela floreada. 33.- Un (01) Espejo con marco de pino. 34.- Una (01) plancha, marca BLACK & DECKER, color blanco, usada se ignora su funcionamiento. 35.- Dos (02) Bolsas negras contentivas de ropa usada. 36.- Un (01) chifonier fabricado en pino con tres gavetas y una puerta lateral, en mal estado. 37.- Una (01) licuadora, marca OSTERIZER, color negro, aparentemente sin serial ni modelo, incluye un vaso plástico con su tapa, se ignora su funcionamiento. 38.- Una (01) Nevera, marca Electrulux, de dos puertas, color gris, vertical serial N° 00101842-00000774. 39.- Una (01) caja contentiva de utensilios de cocina y adornos. 40.- Una (01) base para nevera, en estructura de metal incluye cuatro ruedas. 41.- Un (01) Horno, marca PREMIER, color blanco, modelo Ed-713, aparentemente sin serial visible, se ignora su funcionamiento. 42.- Una (01) tostadora, marca OSTER color blanco, modelo 3834-12 se ignora su funcionamiento. 43.- Una (01) caja contentiva con papeles y libros. 44.- Una (01) caja contentiva de de utensilios de cocinas. 45.- Una (01) bolsa negra contentiva de zapatos usados y mal estado. 46.- UN (01) ventilador con base de plástico y estructura de metal, en mal estado, se ignora su funcionamiento. 47.- Una (01) tijera de cortar grama, con mangos de madera, en acero se encuentra muy oxidada. 48.- Seis (01) vasos de cerveza marca polar. 49.- Un (01) botellón de agua potable (plástico). 50.- Una (01) bolsa de color negro contentiva de utensilios de baño; cesta de medicinas y cortina. 51.- Un (01) Haragán (nuevo) color marrón y negro, de STAMJON. En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley, hace la Entrega Formal y Material del inmueble identificado en el mandamiento de ejecución dejándolo libre de bienes y persona, y se realizó cambio de cerradura en la puerta principal del inmueble y que las nuevas llaves se dejaron en manos de la parte actora. Este Tribunal deja constancia que los bienes encontrados en el interior del inmueble; fueron trasladados hasta el deposito de la depositaria Barquisimeto C.A en un camión marca DODGE, placa permiso 5NB-2934; color marrón, igualmente se deja constancia que se le cancelo, al delegado de la Depositaria y al Perito-Inventariador, la cantidad de Ciento Veinte Mil bolívares exactos (Bs. 120.000,00), a cada uno, por TRES (03) horas de labor prestada. Siendo las 12:30 a.m., se ordena el regreso del tribunal a su sede de origen. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. –Fdo- LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, Firma Ilegible, ABOGADO, ANADIELYS TORRES NIETO. (L.S.) –Fdo- Parte-Actora, Firma Ilegible, Abogado Digna Arrieche. –Fdo- El Cerrajero, Firma Legible, Mario Tamayo. –Fdo- Delegado de la Depositaria, Firma Ilegible, Guillermo Rodríguez. –Fdo- funcionarios de la Guardia Nacional Cabo 2do Omar Noguera, Distinguido Angel Barreto –Fdo- Perito-Inventariador, Firma Ilegible, Daniel Aguero. –Fdo- La Secretaria, Abogado Yetzaida M Toro V. (L.S.).