REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO LARA, CARORA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2.004
AÑOS. 194º Y 145º
Cumplida como ha sido la presente Comisión, este Tribunal acuerda remitirla al Juzgado Comitente. Así mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 535 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda oficiar al Registrador Subalterno del Municipio Torres Estado Lara. Désele salida y remítase con oficio.
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. RAFAEL JOSÉ MARTINEZ RIVERO
EL SECRETARIO
ABG. HUGO ENRIQUE CARRASCO ORTEGA
.
Conforme esta acordado en esta misma fecha se ofició al Registrador Subalterno con el Nº 236 y se remite constante de diecisiete (17) folios útiles con oficio Nº 237.
EL SECRETARIO
ABG. HUGO ENRIQUE CARRASCO.O
RJMR/ HECO/ AC
EXP Nº 623/ 2.004
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. CARORA, 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2.004
AÑOS. 194º y 145º
OFICIO Nª 236
CIUDADANO:
REGISTRADOR SUBALTERNO DEL MUICIPIO TORRES, ESTADO LARA.
SU DESPACHO.
En atención a lo establecido en el articulo 535 del Código de Procedimiento Civil, comunico a usted, que por comisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, este Tribunal practicó medida de Embargo Ejecutivo sobre el siguiente inmueble: Una casa con paredes de adobes, techada de tejas, pisos de cemento y patios de tierra y el lote de terreno propio sobre el cual esta edificada con una superficie de UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS ( 1. 363, 67 M2 ) ubicado en la calle 4 ( Ramón Pompilio Oropeza ) Nº 7-83 de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de José Gutiérrez, SUR: Casa que es o fue de Epaminonda Alvarez, ESTE: Que es su frente calle 4 ( Ramón Pompilio Oropeza ) y OESTE: Solares de casas que son o fueron de Ramón Montes de Oca y de Orlando Sierralta C. Dicho inmueble le pertenece a los demandados ciudadanos Lilian Coromoto Sánchez de Rodríguez y Mauro José Rodríguez Rodríguez, titulares de las cedulas de identidad números: 3.947.315 y 5.930.227, respectivamente según documento debidamente registrado por ante esa Oficina Subalterna de Registro en fecha 07 de Febrero del Año 2.002, bajo el Nº 36, folios 146 al 149, Tomo y Protocolo Primero, Primer Trimestre del referido año.
Notificación que se hace a los fines legales consiguientes.
ATENTAMENTE
ABG. RAFAEL JOSE MARTINEZ RIVERO
(JUEZ PROVISORIO)
RJMR/A.c
EXP Nº 623/2004
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO LARA. CARORA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004
AÑOS 194º Y 145º
.
OFICIO Nº 237
CIUDADANO:
JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.
Adjunto al presente oficio remito a usted, cumplido como ha sido y constante de diecisiete (17) folios útiles, Mandamiento de Ejecución enviado a este Tribunal a fin de practicar medida de Embargo Ejecutivo. Juicio intentado por la Sociedad de Comercio “Agropecuaria El Golgota, S.A” contra los ciudadanos Lilian Coromoto Sanchez de Rodríguez y Mauro José Rodríguez Rodríguez.
ATENTAMENTE
ABG. RAFAEL JOSE MARTINEZ RIVERO
(JUEZ PROVISORIO)
RJMR/HECO
EXP. Nº 623/ 2.004