Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.077, de la nomenclatura archivar de éste Tribunal. “En el día de hoy, quince (15) de noviembre de 2004, siendo las 10:30 de la mañana, se traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de de los Municipios, Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZÁLEZ VALLÉS y la Secretaria Titular abogada YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora ciudadano JORGE LUIS D’ LIMA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro 4.133.506, asistido en este acto por la abogada en ejercicio LUISA ELENA LORETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 55.036, en la sede donde funciona la Sociedad de Comercio DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA C.A, ubicada en la calle 31 Nro 105-61, sector La Loma, Barrio Impacto, Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano JOSÉ MANUEL D’LIMA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.15.397.502, el cual quedo impuesta de la misión a cumplir por el Tribunal decretado por el JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Seguidamente la parte actora ciudadano JORGE LUIS D’ LIMA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro 4.133.506, asistido en este acto por la abogada en ejercicio LUISA ELENA LORETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 55.036 expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial y Perito Avaluador a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la Firma Mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA C.A, en la persona de su representante legal ciudadano JOSÉ MANUEL D’LIMA, titular de la cédula de identidad Nro 15.397.502 y como Perito Avaluador al ciudadano JOSÉ FONSECA, cédula de identidad Nro. 8.658.596, quienes estando presente aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Seguidamente la parte actora, asistida de abogada, ambos identificados expone: señalo al Tribunal para ser Embargado Ejecutivamente el Vehículo Marca: CHEVROLET, Modelo: MONZA, Color: VERDE Y GRIS ; SERIAL DE CARROCERIA: 5G69VFV332098, Clase AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN Uso: PARTICULAR, CAP: 5 PTOS, Placa de Circulación: AVH-727, el Perito Avaluador manifiesta que el vehículo tiene la pintura rayada y quemada por el sol, latonería con picadura en el guardafango trasero derecho, tapicería y cauchos en regular estado, cocuyos del lado izquierdo roto y lo valora en Dos Millones de Bolívares (Bs.2.000.000,00). Seguidamente, este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas, actuando por comisión, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Embargado Ejecutivamente el Vehículo Marca: CHEVROLET, Modelo: MONZA, Color VERDE Y GRIS, SERIAL DE CARROCERIA: 5G69VFV332098, Clase AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN Uso: PARTICULAR, CAP: 5 PTOS, Placa de Circulación: AVH-727, y ordena mantener el deposito del mismo en la DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA C.A. Acto Seguido el Tribunal declara cumplida su misión, deja constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 10:00 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman” La Juez Provisorio, Dra. Mauricia Gonzalez (fdo); El Notificado-Depositario (fdo); Perito (fdo); Parte Actora (fdo); Abogada Asistente (fdo); La Secretaria, Abog. Yulimar Fonseca (fdo)…
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