Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.085, de la nomenclatura llevada por éste Tribunal.: “En el día de hoy, 22 de noviembre del año 2004, siendo las 3:00 de la tarde, se trasladó y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZÁLEZ y la Secretaria Titular Abogado YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora, Abogado SORVEY JOSEFINA FERNANDEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.546, tal como consta en copia simple de poder general otorgado por la accionante, ciudadano FRANKLIN JIMENEZ HREK, titular de la cédula de identidad Nro. 6.325.791, el cual se anexa en copia simple a las presente actuaciones; en el inmueble objeto de la medida ubicado en el Parque Residencial La Esmeralda, Sector 6 y la Casa Quinta sobre ella construida, ubicada en la Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana PRUDENCIA CELESTINA SAMBRANO, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 6.353.758, la cual presente quedó impuesta de la misión a cumplir por el Tribunal, decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 47.583. Seguidamente la parte actora Abogado SORVEY FERNÁNDEZ, IPSA Nro. 41.546 y expone: Señalo al Tribunal para que se me haga Entrega Material del Inmueble constituido por una parcela de Terreno distinguida con el Nro. 1, la cual forma parte de la parcela 1 – A de la Urbanización Parque Residencial La Esmeralda, Sector 6 y la casa quinta sobre ella construida, ubicada en Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo, la cual tiene una superficie aproximada de 197, 00 m2 y comprendido de los siguientes linderos: Norte: Con Avenida Nro. 1; Sur: Con casa N° 2; Este: Con área verde; y Oeste: Calle de acceso, el cual pertenece a mi representada, según consta de Documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, en fecha 12 de junio de 2001, bajo el Nro. 24, folios 1 al 3, Protocolo Primero, Tomo 19. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas, actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace Entrega Material a la parte actora, representada por la abogada en ejercicio SORVEY FERNANDEZ, IPSA Nro. 41.546, del Inmueble constituido por una Parcela de Terreno distinguida con el Nro. 1, la cual forma parte de la parcela 1 – A de la Urbanización Parque Residencial La Esmeralda, Sector 6 y la Casa Quinta sobre ella construida, ubicada en Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo, cuyas medidas y linderos se encuentran descritos en la presente acta. Seguidamente el Tribunal deja constancia que el ciudadano ALEXIS OMAR CABRERA SAMBRANO, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 16.503.601, retira del inmueble sus pertenencias, enseres personal y equipo de sonido marca RCA y AIWA; así mismo deja constancia que la ciudadana ALEXANDRA CELESTE CABRERA SAMBRANO, cédula de identidad Nro. 16.453.742, retira del inmueble sus enseres personales y un televisor a color de 13” marca AKIO. Seguidamente la notificada ciudadana PRUDENCIA CELESTINA SAMBRANO, cédula de identidad Nro. 6.353.758, expone: Manifiesto al Tribunal que en este mismo acto procederé a trasladar todos mis bienes y enseres personales a casa de unos vecinos, a mi entera cuenta y riesgo, así mismo manifiesto que me encuentro acompañada de mi abogada de confianza LESLY ARIAS GÓMEZ, IPSA Nro. 69.424. y exponemos: Me opongo toda vez a la medida en virtud de que la Fiscalía Quinta lleva por ante ese Despacho, la imputación del ciudadano FRANKLIN JIMENEZ, por el crédito de estafa ya que control 11 decretó improcedente el sobreseimiento solicitado por los imputados, por cuanto considero inhabilitado al señor ALEXIS para hacer dicha venta, así mismo ratifica la Fiscalía Superior, la improcedencia del sobreseimiento redistribuyendo de nuevo la causa, consigno boleta de notificación marcada “A”. Seguidamente el Tribunal vista la exposición de la abogada asistente de la demandada, la oye y ordena remitir las actuaciones a su Tribunal de causa para que este dilucide la controversia, declarada cumplida su misión; y deja expresa constancia que el demandado, ciudadano ALEXIS OMAR CABRERA FIGUEROA, no se encuentra presente en el acto. Seguidamente el Tribunal deja constancia que durante el lapso que duró la práctica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando regresar a su sede, siendo las 5:00 de la tarde, es todo, terminó, se leyó y conformes firman”. La Juez, Dra. Mauricia González (fdo); La Notificada y Abogada Asistente (fdo); Parte Actora (fdo); y la Secretaria, Abog. Yulimar Fonseca (fdo)………………………………………………