REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
EN SU NOMBRE
Demandante: CARMEN VICTORIA SANCHEZ, en representación de la menor MARY CARMEN JIMENEZ SÁNCHEZ
Demandado: SAÚL ENRIQUE JIMENEZ
MATERIA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.
MOTIVO: FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA.
Expediente 360/ 04.
Sentencia: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que el ciudadano: : SAÚL ENRIQUE JIMENEZ , venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V- 11.148.151, OFERTÓ ante este Tribunal, pasarle TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000.oo) quincenal de acuerdo a la presente solicitud, a favor de la menor MARY CARMEN JIMENEZ SÁNCHEZ , los depositará a la cuenta de ahorro que se apertura para tal fin;, proposición que fue aceptada, por la progenitora: CARMEN VICTORIA SANCHEZ y no siendo dicha Oferta contraria a derecho ni a ninguna norma legal expresa es por lo que este Juzgado administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: HOMOLOGAR El CONVENIMIENTO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente .
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Miranda, a los 18 días del mes de Noviembre del año Dos Mil Cuatro. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen V. Latouche de H.
La Secretaria,
Carmen O. Sánchez de C.
En esta misma fecha y siendo la 9:30 a.m., se publicó la anterior Decisión.
La Secretaria,
Carmen O. Sánchez de C.
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