REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 24 de Noviembre de 2004
Años 194º y 145º
ASUNTO : GJ01-S-2003-000312
JUEZ SUPLENTE N° 8 EN FUNCIONES DE CONTROL
ABG. FREDY AGUILERA COLMENARES
FISCALÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: MARTINEZ CABRIALES ALEXIS JAVIER
DEFENSA: ABOG. CARMEN EMPERATRIZ RODRIGUEZ
TIPO DE SOLICITUD: ARCHIVO JUDICIAL
DECISIÓN: ARCHIVO JUDICIAL
Visto el contenido del escrito de fecha 01 de Octubre 2004, suscrito por la Abg. CARMEN EMPERATRIZ RODRIGUEZ (U.A.D.P.) , adscrita al Sistema Autónomo de Defensa Penal del Estado Carabobo, en su condición de defensora del (os) ciudadano(s) MARTINEZ CABRIALES ALEXIS JAVIER, identificado con la cédula de identidad No.15.374.163, mediante el cual solicita archivo de las actuaciones.
Consta en las actuaciones que en fecha 28 de Junio 2004 se dicto auto, por medio del cual el Tribunal fijó un Lapso Prudencial de treinta (30) dias continuos a partir de esa fecha, para que la representación Fiscal dictare acto conclusivo en relación a la causa signada con el No.20038C25330 Asunto antiguo y como asunto principal con el No.GJ01-S-2003-000312, transcurrido más del lapso fijado por este Tribunal se observa que el Ministerio Publico no ha presentado acto conclusivo hasta la presente fecha.
En virtud de lo anteriormente expuesto, y de la revisión exhaustiva de las presentes actuaciones, en atención a la tutela judicial efectiva, sin dilaciones injustificadas, teniendo conocimiento en esta fecha de la actuación, es por lo que este Tribunal Octavo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo en función de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA, Y EN EL NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY se DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES, de conformidad con lo previsto en el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia se ordena EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL O MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA decretada en contra del(os) imputado(s) MARTINEZ CABRIALES ALEXIS JAVIER, identificado con la cédula de identidad No.15.374.163, Se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a fin de dejar sin efecto cualquier solicitud u orden de captura que por esta actuación pese contra el referido ciudadan.
Líbrese los oficios correspondientes, publíquese, regístrese, notifíquese y remítase la actuación en su oportunidad al Archivo Central.
El Juez
El Secretario
Abg. Fredy Aguilera Colmenares
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