TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
PPODER JUDICIAL
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:GH01-L-2004-000044
PARTE ACTORA:NAILETH DESSIRE PEÑA MEZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JONATHAN JOSE
CILIBERTO RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN TECNOLÓGICA GERENCIA DE INFORMACIÓN C.A. COPRPORACIÓN T.G.I. C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No Compareció
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy 16 de Noviembre de 2004, siendo las 12:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar el Acto de Conciliatorio, se deja constancia que comparece la parte actora en su caracter de Apoderado Judicial JONATHAN JOSE CILIBERTO RODRIGUEZ, quien en este acto manifiesta que de conformidad con el artículo 263 y siguientes del Codigo de Procedimiento Civil aplicado aqui por analogia DESISTO formalmente de la presente acción y le solicito al tribunal mediante su homologación le de rango y autoridad de cosa juzgada y se sirva archivar la presente causa. El tribunal vista la petición realizada por el demandande como también la capacidad que tiene el apoderado judicial según se desprende del Poder que le fuera conferido y que riela al folio 20 ".....celebrar transacciones, convenimientos y desistimientos en lo que fuere procedente...." (omisis), por lo que de conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo concatenado con lo establecido en el Capitulo III Titulo V de la terminación del Proceso, del Desistimiento y del Convenimiento en los articulos 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, HOMOLOGANDOLO, TENIENDO EFECTO DE COSA JUZGADA. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.
La Juez
La Secretaria
Abg. Rosiris Cecilia Rodríguez González
Eylyn Rodriguez
La Parte
|