REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 03 de Noviembre del 2004
Años: 194º y 145º

Visto la diligencia de fecha 13 de Octubre de 2004, mediante la cual los ciudadanos SORAIMA COROMOTO GONZALEZ CASTILLO y LUIS ROBERTO VARGAS DIAZ, asistida por la Abogada ALFREDO FLORES; DESISTE de la presente solicitud de OBLIGACION ALIMENTARIA relacionado con el Niño LUIS EDUARDO VARGAS GONZALEZ; esta JUEZ UNIPERSONAL Nº 1 DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la respectiva HOMOLOGACION al Desistimiento, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia PRIMERO: Se levantan las Medidas de Embargo sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales correspondientes al ciudadano LUIS ROBERTO VARGAS DIAZ, identificado con la cédula de identidad N° V.- 7.229.238, dictadas en fecha 15 de marzo de 1988, mediante oficio signado con el N° 0681, por el Extinto Juzgado Primero de Menores, para tal efecto se acuerda oficiar al Jefe de Personal del “Cuerpo de Bomberos” del Estado Carabobo.- Líbrese Oficio.- SEGUNDO: Se acuerda la devolución de los documentos originales que rielan a los folios del presente expediente, dejando en su lugar copia certificada de los mismos, previo desglose respectivo, entréguese a la parte solicitante.-CUMPLASE.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION

DRA. ELOISA SANCHEZ BRITO
LA SECRETARIA,

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-

Exp. Nº C-21.796.-
ESB/mb.-