GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DE MENORES Y DE AMPARO CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, a los Ocho (08) días del mes de Noviembre del año Dos mil cuatro (2.004).-

194° Y 145°

Por recibido, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y vista la Inhibición propuesta por el ABG. ANTONINO BALSAMO., Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 26-10-04, mediante la cual se Inhibe de conocer en el presente juicio por enemistad manifiesta con la abogada, LOURDES MARBELLA CONTRERAS DAVILA, en su carácter de parte demandante en el proceso, y fundamenta tal Inhibición en el Artículo 82, ordinal 18° del Código de Procedimiento Civil, por las injurías falsas hechas en su contra. Este Tribunal, para resolver observa: Que la inhibición propuesta por el ABG. ANTONINO BALSAMO., está hecha en forma legal y fundamentada, en causa legítima, por lo tanto, es procedente declarar CON LUGAR, así lo decide, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Menores y de Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.-

Déjese copia y bájese el presente expediente al Tribunal de la causa. –

El Juez Provisorio,

DR. JUAN LATOUCHE MARROQUI

La Secretaria,

ABG. MARIA ALEJANDRA PEREZ PEREZ


En la misma fecha se remite la presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, constante de (19) folios útiles. Va con oficio bajo N° 0480 - 529, quedando anotada su salida bajo el N° 4 2 7 2.-



ABG. PEREZ PEREZ, SRIA

embp