REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO No.3
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE

Barquisimeto,6 de Octubre de 2004
Años: 194° y 145°


ASUNTO: KP01-P-2004-000847

Recibido como ha sido el presente asunto, ME AVOCO al conocimiento del mismo y por cuanto el Tribunal de Control declaró la continuación de la causa por el Procedimiento abreviado, a los fines de enjuiciar al Ciudadano ANTONIO JOSE COLINA UZCATEGUI, quien es Venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad No.7.840.200 por ser presuntamente responsable y culpable de la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, este Tribunal ACUERDA fijar la fecha del día Jueves 28-10-04 a las 2:30 am. a objeto de celebrar JUICIO ORAL y PUBLICO, para el enjuiciamiento del ya identificado imputado. Convóquese a las partes a tales efectos y notifíquese al imputado. Todo de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en su parte in-fine. Notifíquese, Regístrese y publíquese. Cúmplase.

La Jueza de Juicio No. 3

Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez


La Secretaria