REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-005966

La ciudadana BERTA DEL CARMEN TORREALBA APARICIO, venezolana, mayor de edad, con C.I. No. 7.454.240, de este domicilio, presentó escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron el apellido del padre como "TORRIALBA", siendo lo correcto "TORREALBA" . La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante antes identificada, en el sentido de que se asiente correctamente el apellido del padre cual es "TORREALBA". En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA BUENA VISTA MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO No. 273, folio 137 fte. Año 1958. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los 18 días del mes de Octubre del dos mil cuatro.- Años: 194º y 145º.-
LA JUEZ,
(FDO) LA SECRETARIA ACC.,
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI (FDO) ABG. MARIA MILAGROS MEDINA
Publicada en su fecha a las 1:00 p.m. Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-3084 y 0900-3085. PCM/MMM/Zaira.