REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL. EXTENSIÓN CARORA.

EXPEDIENTE Nº:6655-03
DEMANDANTE (S): BANCO MERCANTIL, C.A, S.A.C.A.
DEMANDADO (S): JAIRO ALVAREZ MORILLO; YANILET JOSEFINA ROJAS DE ALVAREZ; ARLES EFRAIN ALVAREZ MORILLO Y NANCY GONZALEZ DE ALVAREZ
MOTIVO: EJECUCION DE HIPOTECA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Carora, 25 de Octubre de 2.004.-
194º y 145º

Vista la Transacción de fecha 15 de Octubre de 2.004, realizada por el Banco Mercantil, C.A (Banco Universal); representado por la Abg. MARIA ISABEL BERMUDEZ ARENDS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 90.493, y por el ciudadano DAVID TORCATES, titular de la cédula de identidad N° 7.303.295, en su nombre y en representación de la INDUSTRIAS BISCUCUY C.A, quien se constituyo en avalista principal y solidario de todas las obligaciones asumidas por el ciudadano JAIRO ALVAREZ, titular de la cédulas de identidad N° 5.939.733, asistido por Abg. HECTOR GUEDEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8821; por cuanto la misma no es contraria a alguna disposición expresa de la Ley, éste Tribunal le imparte la respectiva homologación, con su consecuencial efecto de cosa juzgada. Asimismo se suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 10-07-03, sobre un bien inmueble propiedad del demandado constituido por un Fundo Agropecuario denominado “Campo Lindo”; oficiese al Registro Subalterno del Municipio Baralt del Estado Zulia, participandole dicha suspensión e identifiquese el bien en dicho oficio. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Expídase copia certificada del acta de transacción y de este auto a las partes. Líbrese oficio
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma se registro bajo el Nº 208-04 y se publico a las 11:30 a.m y se libró oficio N°.732.04.-
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
Exp. N° 6655-04.
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