REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 25/10/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta a solicitud de la Parte Actora, a fin de cumplir el Embargo Ejecutivo, nos atiende el Representante de la Demandada, y se notificó de la misión del Tribunal, dice que para evitar la práctica de la medida cancela en este acto la deuda liquida exigible en dos cheques de la cuenta N° 001-100068-3, de Central E.A.P., a la orden de Tesorería Nacional, cheque N° 01382276 por la cantidad de 1.223.842,97 Bs., y cheque N° 01382277 por la cantidad de 122.382,29 Bs. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 11:00 am. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.