Declarada parcialmente con lugar la solicitud de Revisión de Sentencia por aumento de Pensión Alimentaria intentada por la ciudadana NILDA SOLEDAD CORDERO contra el ciudadano: HENRY JOSE CAMPOS VARGAS, en beneficio de la adolescente: ERNILDYS KARINA CAMPOS CORDERO, a tenor de lo previsto en los, artículos 365, 366,520 y 523 de la ley orgánica para la protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se condena como monto de pensión de alimentos la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 45.000) a partir de la segunda quincena del mes de Octubre del presente año. El 50% de gastos médicos, escolares y de vestimenta.-Igualmente se condena a seguir suministrando el Bono Navideño en la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000) y el Bono por útiles Escolares, según el nivel de Educación que estudia la beneficiaria.- Abrase carpeta de cumplimiento alimentario.-