REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 04 de octubre de 2004
194º. y 145º.
DEMANDANTE: BELKIS MARIA FLORES.-
APODERADO DEMANDANTE: ABOG. SAYDA ISABEL DELGADO.-
EXPEDIENTE No. 45.661
MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.-
Estudiadas detenidamente las anteriores actuaciones en esta causa, este Tribunal observa que las partes no han ejecutado ningún acto de procedimiento desde el día 11 de agosto de 2.003, de lo cual se desprende que ha transcurrido más de un (1) año sin haber impulso alguno, lo que denota la falta de interés procesal y configura legalmente la PERENCION DE LA INSTANCIA de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual reza:
“…Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”.-
Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 269 ejusdem, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDO el presente juicio.-
No hay condenatoria en costas procesales según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-
Notifíquese a las partes de la presente decisión.-
El Juez Provisorio,
Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ
La Secretaria Temporal,
NANCY REA R.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión.-
La Secretaria Temp.,
Exp. No.45.661.-
RRG/NRR/m.o.-
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