El presente juicio, se inicia por interposición de la demanda de COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA, intentada por el Abogado WINSTON BERNAL DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.465.391, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 42.013; Apoderado Judicial de la Junta de Condominio de las Residencias “EL PEDREGAL”; en contra del ciudadano RICARDO ALEJANDRO MOFORTE REBOLLEDO; venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.069.927 y de este domicilio.- Por auto de fecha 25 de Agosto del 2003, se admitió la presente demanda con sus recaudos, emanados del Juzgado receptor, se ordenó el emplazamiento de la parte demandada para la contestación de la demanda. Del estudio de las actuaciones que conforman este expediente, se evidencia que en fecha 26 de Septiembre del 2003, se efectuó el último acto de procedimiento en este juicio, y por cuanto se observa que en la presente demanda, ha trascurrido más de un año sin que las partes hayan ejecutado algún acto del procedimiento
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