Quien suscribe YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, Secretaria Titular del Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, hace constar que el acta que a continuación se transcribe es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en el expediente Nro. 6696, llevado por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo: “En el día de hoy 4 de octubre de 2004, siendo la 1:00 de la tarde, se trasladó y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora Mauricia González y la Secretaria Titular Abogado Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora ciudadana Mercedes Elizabeth Franco Ayala, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 9.826.340, asistida por el abogado en ejercicio Mario Ramón Mejías, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.140, en el Inmueble objeto de la medida, ubicado en el Barrio José Gregorio Hernández, Primera Calle N° 110 – A – 80, Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano José Antonio Hurtado García, cédula de identidad Nro. 10.736.015, el cual presente el Tribunal lo notifica de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Cuarto de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro. 6696. Seguidamente la parte actora ciudadana Mercedes Franco Ayala, cédula de identidad Nro. 9.826.340, asistida de abogado, ya identificado expone: Solicito al Tribunal me haga Entrega Material del Inmueble constituido por una casa situada en el Barrio José Gregorio Hernández, Primera Calle , N° 110 – A – 80, Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia Estado Carabobo, así mismo me abstengo de señalar bienes propiedad del demandado por cuanto el mismo no ocupa el inmueble. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace formal Entrega Material del Inmueble constituido por una casa situada en el Barrio José Gregorio Hernández, Primera Calle N° 110 – A – 80, Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia Estado Carabobo, tal y como fue acordado por el Tribunal de la causa según Sentencia de fecha
27 – 07 – 2004. Seguidamente el notificado ciudadano José Antonio Hurtado, ya identificado expone: Manifiesto al Tribunal que procederé en este mismo acto a desocupar el Inmueble dejándolo libre de bienes y de personas. Seguidamente el Tribunal deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, así mismo el Tribunal deja constancia que los bienes pertenecientes a la ciudadana Carmen Gómez serán entregados al notificado y a la ciudadana Reina Guanipa, cédula de identidad Nro. 14.714.652. Seguidamente el Tribunal
declara cumplida su misión, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su Sede, siendo las 2:00 de la tarde, es todo, terminó se leyó y conformes firman”. La Juez Provisorio, Dra Mauricia González (Fdo); Los Notificados Se negó a firmar/ Fdo); La Parte Actora ( Fdo); Abogado Asistente (Fdo); y Secretaria Titular, Abog. Yulimar Fonseca ( Fdo)……………“Otro sí, El Tribunal deja constancia que siendo las 2:30 de la tarde se hizo presente el Abogado del demandado Freddy Torres, I.P.S.A. Nro. 94.981 (rectifico) 94.981, el cual le indica a su patrocinado que no firmara el acta, alegando la existencia de un juicio penal en el cual no presento documentación del juicio. Es todo. La Juez” (fdo); La Parte Actora, su abogado asistente (fdo); y La Secretaria, Abog. Yulimar Fonseca.
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