REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 25 de Octubre de 2.004
194° y 145°

DEMANDANTE: JOSE ALBERTO GONZALEZ ROMERO, en su caracter de propietario de un FONDO DE COMERCIO “REPRESENTACIONES MIRAMAR”.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: NELLY GHANNEJ HAMMAL.
DEMANDADO: ANA ZAIDA GONZALEZ DE DERANREK.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (Procedimiento Intimatorio)
EXPEDIENTE N° 15.780.

Visto el DESISTIMIENTO realizado por la parte actora en fecha 21 de Octubre 2.004, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación a los fines que tenga fuerza de cosa Juzgada, y se ordena la devolución de los originares, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de conformidad con lo establecido en los artículos 111,112, y 429 de Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena el archivo del expediente-

LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. TIBISAY SIRIT CARREÑO.

LA SECRETARIA,


ABOG. ISABEL ORLANDO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,


ABOG. ISABEL ORLANDO.
TSC/hr.-