REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Puerto Cabello, 05 de Octubre de 2004
194º y 145º
Visto el cumplimiento de convenimiento celebrado, relacionado con la co-demandada IGNACIA DE BARROSO y no siendo tal actuación contraria a de-recho este Tribunal le imparte su homologación y le imprime carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo pre-visto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.