REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 4 de Octubre de 2004
Años 194º y 145º


ASUNTO : GP01-S-2004-2185

En actuación procedente de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, cursante de la investigación iniciada en fecha 09-07-03, contra el ciudadano JOSÉ ARGENIS GUILLÉN CHAVEZ, titular de la cédula de identidad V-15.362.917, albañil, residenciado en vía Vigirima, sector El Sisal, callejón El Limón, casa N° 28, Municipio Guacara, Estado Carabobo, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, establecido en el artículo 418 del Código Penal en agravio de Zuleima Josefina Peraza, titular de la cédula de identidad V-12.032.436; Mónica Brígida Peraza, se solicitó el sobreseimiento de la causa, al haber prescrito la acción penal por transcurrir más de dos (2) años del hecho.
Revisadas como han sido las actuaciones, se observa que efectivamente en fecha 09-07-03 las agraviadas denunciaron al imputado como causantes de lesiones en su persona y hasta la fecha ha transcurrido el tiempo requerido para que se concrete la prescripción de la acción penal siendo que el delito conlleva una pena de tres (3) a seis (6) meses de arresto y la prescripción ordinaria es de un (1) año, según lo establece el artículo 108 ordinal 6º del Código Penal en relación con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8 y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, como lo indicara la Fiscalía.
En consecuencia esta Juez Sexta del Tribunal en Función de Control, declara CON LUGAR y en el nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA por prescripción de la acción penal, seguida al ciudadano JOSÉ ARGENIS GUILLÉN CHAVEZ, ya identificado, de conformidad con las normas ya indicadas.
Notifíquese, ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas expediente G-453.166, a los fines de su ejecución y remítanse las actuaciones en su oportunidad al Archivo Judicial.
Juez Sexta en Función de Control

Abg. GLORIA REY MORENO
Secretaria



Abg.