Ejecútese la sentencia definitivamente firme, dictada por el Tribunal de Control de esta Sección, en fecha 29 de septiembre de 2004, mediante la cual declaró Penalmente Responsable al adolescente identidad omitida, por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE en la modalidad de ACTOS LASCIVOS y LESIONES PERSONALES SIMPLES; imponiéndosele como sanción las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, previstas en los literales “d” y “b” del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 626, 624 y 643 ejusdem, por el lapso de un (1) año y cuatro (4) meses, para ser cumplidas en forma simultánea; en tal sentido, se procede a realizar el cómputo y de la revisión de la actuación, se constata que el adolescente fué investigado y juzgado en Libertad, por lo que el lapso de cumplimiento de la sanción debe computarse íntegramente; en consecuencia, el mismo expira el 26 de octubre de 2006, salvo que demuestre que hubiere iniciado su cumplimiento en fecha anterior a la presente. Las Reglas de Conducta impuestas son: 1) Prohibición absoluta de portar armas de cualquier tipo; 2) Prohibición absoluta de consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias estupefacientes o psicotrópicas; 3) Prohibición absoluta de frecuentar lugares donde las expendan. 4) Integrarse a actividades educativas o laborales; 5) Obligación de acatar la orientación psicológica que le exijan en el Centro de Libertad Asistida. 6) Abstenerse de comunicarse con la víctima o sus familiares, directamente o a través de interpuestas personas. La orientación del adolescente y la supervisión de las medidas se encomienda al Equipo Multidisciplinario del Centro de Libertad asistida de Fundamenores, a cuya Directora ofíciese lo conducente y remítasele copia del presente auto Impóngase al imputado del presente auto de ejecución, a cuyo efecto se fija audiencia para el día 25 de noviembre de 2004, a las 9.30 a.m. Notifíquese a las partes.

La Jueza de Ejecución


Abog. María Coromoto Alvarado de Mijares

La Secretaria,


Abg. Yoibeth Escalona