ACTA
N° DE EXPEDIENTE:GH01-L-2003-000366
PARTE ACTORA: DAMELYS PEÑA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SUGMA BORGES
PARTE DEMANDADA: TECNO HOUSE CONSTRUCCIONES, C.A. (NO ASISTIÒ)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 04 de octubre de 2004, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentra presente la Abogado SUGMA BORGES, Inpreabogado No. 54.806, Procuradora Especial de Trabajadores, en su caràcter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana DAMELYS MILAGROS PEÑA BORDONES, titular de la Cèdula der Identidad No. 15.333.907, quien se encuentra igualemnet presente. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada TECNO HOUSE CONSTRUCCIONES, C.A, ni por medio de representante legal, estatutario o judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, y una vez revisada la petición de la demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por la demandante, en consecuencia este Juzgado, motivará la decisión por acta que se levantará al efecto. La parte actora, consigna en este acto a todo evento escrito de Promoción de Pruebas constante de tres (3) folios y (1) recaudo anexo, el cual se ordena agregar a los autos. Es todo, terminó se leyó y conformes firmaron.
El Juez
La Secretaria,
Abg. Beatríz Rivas Artiles
Los Presentes
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