REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

PODER JUDICIAL

Valencia, 22 de octubre del año 2004
194° Y 145°

SENTENCIA DEFINITIVA

En el día de hoy, 22 de octubre del año 2004, siendo la oportunidad procesal para dictar sentencia en la presente causa, este tribunal observa: que siendo el día 21 de octubre del año en curso la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia preliminar en el presente juicio se dejo constancia de que se encontraba presente el apoderado judicial de la parte actora: JUAN CARLOS ZAMORA, debidamente identificado en autos, quien consigno escrito de pruebas constante de tres folios útiles y anexos marcados “A (16 RECIBOS DE PAGO) y B (27 recibos de pago)”. En este estado el Tribunal dejó constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la Admisión de los Hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA PRESUNCIÓN DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS, alegados por los actores en su libelo, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone: Cuando el demandado no compareciere a la audiencia preliminar se presumirá la admisión de los hechos, siempre y cuando la petición del demandante no sea contraria a derecho, con la obligación de reducir la sentencia a un acta y contra tal sentencia podrá apelarse a dos efectos dentro del lapso de cinco días hábiles a partir de la publicación del fallo. Ahora bien, el precitado artículo determina que se presumirá la admisión de los hechos y en base a tal presunción, se decidirá conforme a dicha confesión siempre y cuando no sea contraria a derecho al pronunciamiento de la sentencia oral dictada para la reproducción del fallo, a los fines recursivos y en consecuencia, revisado el escrito libelar el tribunal observa: la declaratoria CON LUGAR de la acción intentada y procedente el pago de los conceptos correspondientes a los actores haciendo la especificidad de cada uno: WILLMAN OCHOA: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20. SIMON JOSE GOMEZ Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.
FRANCISCO QUERO: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.
JUAN CARLOS HIDALGO: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.
ISMAEL RAFAEL BORGES: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.
JOSE GUERRA SANCHEZ: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20. Con respecto al ciudadano: OMAR DELGADO ,Titular de la cedula de Identidad N° 8.625.091, este tribunal no acuerda monto alguno, en virtud de no aparecer reflejado en el libelo de demanda los conceptos laborales reclamados.
OSCAR RIVERO: Fecha De ingreso 01-02-2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 307.345,80 tiempo de servicio: 01 año, 2 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 2.248.530,00 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 55 X salario 10.244,86 = 563.467,30. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 30 días X 10.244,86: 307.345,80. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 45 días X 10.244,86: 461.018,70. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 15 días X 10.244,86: 153.672,90. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 30 días X 10.244,86: 307.345,80.
SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 2 MESES X 50.000,00 : 100.000,00. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 7 X 10.244,86: 71.714,02. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 68.824,00. NOVENO: SALARIO RETENIDOS: 21 x 10.244,86: 215.142,06.
EUGENIO EULIPIDES GONZALEZ Fecha De ingreso 01-02-2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 2 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 2.024.688,02 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 55 X salario 8.236,08 = 453.024,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 30 días X 8.236,8: 247.104,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 45 días X 8.236,08: 370.656, 00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 30 días X 8.236,08: 247.104,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 30 días X 10.244,86: 307.345,80.
SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 2 MESES X 50.000,00 : 100.000,00. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 7 X 8.236,08: 57.657,60. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 68.824,00. NOVENO: SALARIO RETENIDOS: 21 x 8.236,08: 172.972,08.
EGNY JOSE NAVARRO JIMENEZ Fecha De ingreso 01-11-2003, fecha egreso 04-04-2004 Salario Mensual : 209.100,00 tiempo de servicio: 5 meses y 3 días. TOTAL A PAGAR BS. 677.400,90 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 15 X salario 6970,00 = 205.920,00. SEGUNDO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 05 días X 6970,00: 34.850,00. TERCERO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 10,27 días X 6970,00: 71.581,90. CUARTO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 6970,00: 13.940,00 QUINTO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 68.824,00 SEXTO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 125 días X 2.091,00: 261.375,00. SEPTIMO: SALARIO RETENIDOS: 3 dias x 6970: 20.920,00.
HENRY ALEXANDER MONTERO: Fecha De ingreso 22-12- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 3 meses y 22 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.288.528,70 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 20 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 9,28 días X 8.236,8: 76.437,50. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 113 dias X 2471,04: 279.227,52. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 68.833,24. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 113 días X 2.471,04: 279.227,52. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 dias x 8236,8: 115.315,20.
ROMER CORDOBA BLANCO: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.
ARMANDO YEPEZ RODRIGUEZ: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.
JOSE LUIS MOLINA: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.
GABRIEL ANTONIO NIÑO: Fecha De ingreso 16-02- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 1 mes y 28 días. TOTAL A PAGAR BS. 2.024.688,20 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 55 X salario 8.236,08 = 453024,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 30 días X 8.236,08: 247.104,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 45 días X 8.236,08: 370.656,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 30 días X 8.236,08: 247.104,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 30 días X 10.244,86: 307.345,80. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 2 meses X 50.000,00: 100.000,00. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 7 X 8.236,8: 57.657,60. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 68.833,24. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 21 x 8236,8: 115.315,20.
JOSE RAMON VASQUEZ: Fecha De ingreso 1-11- 2003, fecha egreso 14-04-2004 Salario Mensual : 247.104,00 tiempo de servicio: 01 año, 07 meses y 13 días. TOTAL A PAGAR BS. 1.586.179,40 PROVENIENTES DE: PRIMERO: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD (Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo), la cantidad de 45 días por el año de servicio aunado a 5 días del mes por tanto 25 X salario 8.236,08 = 205.920,00. SEGUNDO: INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO (Artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo) 10 días X 8.236,08: 82.368,00. TERCERO: INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (Artículo 125 L.O.T.) 15 días X 8.236,08: 123.552,00. CUARTO: POR CONCEPTO DE UTILIDADES FRACCIONADAS 5 días X 8.236,08: 41.184,00. QUINTO: POR CONCEPTO DE VACACIONES FRACCIONADAS, (artículos 225 Ley Orgánica del Trabajo) 13,64 días X 8.236,8: 112.349,95. SEXTO: POR CONCEPTO DE BONO NOCTURNO (artículo 156 Ley Orgánica del Trabajo), 166 dias X 2471,04: 410.192,64. SEPTIMO: DIAS FERIADOS según los artículos 154, 157, 212 y 217 de la Ley Orgánica del Trabajo): 2 X 8.236,8: 16.473,00. OCTAVO: DEUDAS CESTA TICKETS 14 DÍAS x 4.916,66: 115.315,20. NOVENO: RETROACTIVO AUMENTO 30%: 166 días X 2.272,04: 410.192,64. DECIMO: SALARIO RETENIDOS: 14 x 8236,8: 115.315,20.

DECISION

Por las razones expuestas este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos: WILMAN OCHOA, SIMON JOSE GOMEZ, FRANCISCO QUERO, JUAN CARLOS HIDALGO, ISMAEL RAFAEL BORGES, JOSE GUERRA SANCHEZ, OMAR DELGADO, OSCAR ENRIQUE RIVERO, EUGENIO EULIPIDES GONZALEZ EGNY JOSE NAVARRO, HENRY ALEXANDER MONTERO, ROMER CORDOVA BLANCO, ARMANDO YEPEZ RODRIGUEZ, JOSE LUIS MOLINA, GABRIELA ANTONIO NIÑO Y RAMON JOSE VAZQUEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 8.834.457, 7.094.853, 4.861.649, 10.735.496, 12.521.831, 12.037.286, 8.625.091, 11.613.422, 9.514.117, 11.152.826, 10.324.323, 11.805.036, 10.136.440, 10.328.513, 16.581.288 y 7.068.720, en contra de la empresa “SEGUJOS C.A ” plenamente identificada en autos y condena a esta última al pago de los montos señalados supra, correspondiente a cada trabajador, por los conceptos de Prestaciones Sociales debidas y no pagadas a los citados actores. Se ordena así mismo de los montos de cada una de los actores de la presente causa el pago de los intereses devengados sobre las prestaciones sociales desde el momento de la admisión de la demanda hasta el cumplimiento de la presente sentencia, las cuales serán calculados tomando en cuenta los indicadores del Banco Central de Venezuela y a la tasa activa existente para el momento del cumplimiento de la presente sentencia. Igualmente se ordena la indexación y corrección monetaria sobre los conceptos reclamados cuyo cálculo se efectuará mediante el nombramiento de un solo perito designado por el tribunal. Se condena en costas por haber resultado totalmente vencida la accionada.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 194° y 145°.


LA JUEZ


ABOG. ROSIRIS RODRIGUEZ GONZALEZ.
LA SECRETARIA.


ABG. ASTRID GONZALEZ


En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 5:30 P.M.
Expediente Nº: GPO2-L-2004-677

LA SECRETARIA.


ABG. ASTRID GONZALEZ