REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
Maracaibo, 06 de Septiembre de 2004
194° y 145°

CAUSA N° 715-04. RESOLUCIÓN N° 1092-04.-

Visto el escrito presentado por la ciudadana abogada: SANTA FRASCARELLA, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el ciudadano: RAFAEL GARCIA MORENO y OTRA NO IDENTIFICADA, por la presunta comisión del delito de: LESIONES CULPOSAS previsto y sancionado en el Artículo 422 del Código Penal, en agravio del ciudadano antes mencionado. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal para decidir toma en cuenta las siguientes observaciones:

Analizadas como fueron las actas que conforman la presente causa, este Tribunal discurre lo siguiente: Consta en autos y está debidamente demostrado un accidente de transito entre dos vehículos, uno tripulado por el ciudadano RAFAEL GARCIA MORENO y otro, tripulado por una persona no identificada; aun cuando se llevó a cabo diligencias tendientes a identificar a la persona conductora del vehículo que colisionó con el del ciudadano antes mencionado; no fue posible concretarlo, de igual manera, refiere la vindicta pública en su escrito que existe el delito de lesiones culposas; no obstante, en autos no se aprecia el examen médico forense que de cuenta científicamente que efectivamente existe alguna persona lesionada, lo que lleva a este juzgador a dictaminar que el hecho no se llevó a cabo y en tal sentido lo solicitado por la representante del Ministerio Público se ajusta a derecho, por lo cual se decreta el sobreseimiento de la causa contra el ciudadano: RAFAEL GARCIA MORENO Y OTRA NO IDENTIFICADA ASÍ SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el ciudadano: RAFAEL GARCIA MORENO y OTRA NO IDENTIFICADA, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el Artículo 422 del Código Penal, en agravio del ciudadano antes mencionado. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinales 1° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 8° artículo 48 ejusdem. Pásese a autoridad de cosas juzgada vencido al lapso. Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS

LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ.

En la misma fecha se registro la anterior resolución bajo el N 1092- 04 en el Libro de Registro de Resoluciones llevado por este Tribunal de Control y se libraron boletas de notificación con oficio N° 2304-04.-

LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ
CAUSA N 9C-715-04.-

HC/ luisquerales.