REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-Z-2004-003316
Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente "Papá Félix", contentivo de Conciliación celebrada entre los ciudadanos ERICA MARIA RAMIREZ VASQUEZ y NELSON JOSE RODRIGUEZ HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s 13.774.696 y 7.447.543 respectivamente, en beneficio de su hijo identificación omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNA, de 11 años de edad, el Tribunal le da entrada y lo admite cuanto ha lugar en derecho. Visto el citado acuerdo, el cual es del tenor siguiente:
"UNICO: El padre se compromete a suministrar por concepto de obligación alimentaria en beneficio de su prenombrado hijo, la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 60.000,oo), que serán cancelados los días 16 de cada mes”.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos ERICA MARIA RAMIREZ VASQUEZ y NELSON JOSE RODRIGUEZ HERRERA, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, el 23 de Septiembre de 2004. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
LA JUEZ DE JUICIO N° 2,
EL SECRETARIO,
Dra. ERLINDA OROPEZA TORRES
Abog. CARLOS PORTELES
Asunto KP02-Z-2004-003316
Homologación Alimentos.
Martha.-
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