REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-Z-2004-001836

Visto lo expresado por la ciudadana KILSEN HOLANDA COLMENAREZ, plenamente identificada en autos, asistida por el Abogado en Ejercicio Hernán Arias Castillo inscrito en el IPSFA bajo en N° 27.763 en la que desiste de la presente acción, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Homologa el desistimiento formulado por la solicitante y en consecuencia acuerda dar por terminado el presente procedimiento, se ordena la devolución de los originales consignados dejando en su defecto copias certificadas de los mismos, y la desincorporación del expediente, remítase al Deposito del Archivo Judicial, para su archivo definitivo,

La Juez



Abog. María Alvarez Lucena



La Secretaria


MAL/mariela.-