REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2002-000006
A C T A
Yo, Patricia Cabrera Manfredi, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.472.150, en mi condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, declaro: Me inhibo de conocer en la presente causa por COBRO DE BOLIVARES INTIMATORIO, interpuesto por PEDRO JOSE CASTILLO CARABALLO y ARMANDO JOSE WOHNSIEDLER RIVERO, en su condición de Apoderados judiciales de la empresa Productora FERIEVENT C.A. contra la empresa DISTRIBUIDORA OCEANO, C.A., y donde funge como apoderado de la parte ACTORA el abogado PEDRO JOSE CASTILLO, por cuanto existe enemistad manifiesta entre el mencionado abogado y la Juez que suscribe, inhibición ésta que ha sido declarada con lugar en anterior oportunidad por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, todo de conformidad con el numeral 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia expídase copia certificada de la presente acta, del poder otorgado por la parte actora al referido abogado y de la sentencia que declara con lugar inhibición anterior emanada del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, y remítase a la URDD para su distribución entre los Tribunales Superiores a los fines de que se pronuncie sobre la presente inhibición. Remítase el expediente a la URDD para su distribución entre los Tribunales de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, a los fines consiguientes. Desele salida.
LA JUEZ

ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI

Seguidamente se remite expediente constante de una pieza y cuaderno separado de medidas signado bajo el N° KH01-X-2002-108. |Se libraron oficios Nros. 0900-2753, 0900-2754 respectivamente.
Sec;

PCM/ij.