REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-007167


Vista la solicitud presentada por el Ciudadano SATURNINO FRANCISCO RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E - 81.121.031, de este domicilio, asistido del abogado Ronnie Salas Rivas, I:P:S:A: No. 92.491, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas Mejoras que construyó a expensas propias con dinero de su propio peculio, en unas Bienhechurías de su propiedad, las cuales le pertenecen según consta en documento protocolizado por ante La Oficina Subalterna de Registro del Municipio Crespo del Estado Lara, inserto bajo el No. 30. Folios 52 y 53. Tomo Unico. Protocolo Primero de fecha 03 - 09- 1.985, ubicadas en La Carrera 9 Con Calles 6 y 7, de la Población de Duaca, Municipio Crespo del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide Un Mil doscientos noventa y cuatro metros cuadrados con noventa centímetros ( 1.294,90 Mts2. ); alinderadas de la siguiente manera NORTE: La Carrera 8 que es su frente ; SUR: Casas y terrenos que son o fueron propiedad de EMILIO SALAS Y ELOY CALLES ; ESTE: Solar de Casa que es o fué de MARY FERRAN Y OESTE: Con Solar que es o fué de la SUCESION BARRETO - YAJURE. Dichas bienhechurías consisten en Una Vivienda de Doscientos catorce metros cuadrados ( 214,00 Mts2. ), Tres ( 3 ) Habitaciones, Un Baño, Una Sala - Comedor, Una Sala - Estar y Una Cocina Empotrada ( ambos juntos y enrejados ), en la parte posterior de la Vivienda se ubica Un Lavadero rodeado de paredes de bloque sin frisar y con piso de cemento pulido, al frente se ubica el Porche con piso de baldosa y platabanda, al fondo y a la derecha, se encuentra el Garaje con piso de cemento rústico, techo de acerolit, constante de un área de Ciento veinte metros cuadrados ( 120,00 Mts2. ), Toda la Vivienda posee Techo de Acerolit, Paredes de Ladrillo frisadas, con Pisos de Cemento Pulido y Baldosas de Vinil, Ventanas Basculantes y Puertas de Metal, todo el Terreno está cercado con Paredes de Bloque y enrejado, Posee Una puerta Principal y Dos ( 2 ) Portones de Hierro, el Terreno posee Servidumbres de Desagües en la parte del fondo y lateral izquierdo, hecho con bloques y constante de Veintinueve metros cuadrados ( 29,00 Mts2. ) en total. El valor invertido es la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES ( Bs. 800.000,oo ), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos EUDIS ANTONIO MAVAREZ Y EGILDA DE LOS ANGELES GONZALEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del Ciudadano SATURNINO FRANCISCO RODRIGUEZ ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez



Tamar Granados Izarra
La Secretaria



María Fernanda Alviárez

TGI/AMV.