REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION EN REGIMEN TRANSITORIO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
ASUNTO N° KH05-L-2002-174
PARTE ACTORA: JOSE LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 4.247.144
PARTE DEMANDADA: C.A.N.T.V.
ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADA: VEDA CARELEN CEDEÑO PICON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.811.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, TRECE (13) de SEPTIEMBRE del 2.004, a las 09:00 a.m, siendo el día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar se procedió a dar llamado ante las puertas de este Tribunal, a viva voz, a las partes en litigio, compareciendo sólo la parte demandada la Abogada VEDA CARELEN CEDEÑO PICON, identificada arriba; no así la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado alguno. En este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando desistido el procedimiento en cuanto a la parte actora LUCENA JOSE; debido a la inasistencia de la parte actora. Por lo que se hace forzoso para quien decide pasar aplicar los efectos jurídicos previstos en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
LA JUEZ
ABOG. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
LA PARTE COMPARECIENTE LA SECRETARIA
ABOG. LAURA COLMENAREZ
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