DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Segundo en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo prevenido en el Artículo 318 ORDINALES 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, Ordinal 8 y con fundamento en el Artículo 108 Ordinal 5 del Código Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSE GREGORIO MEJIAS, debidamente identificado en los Autos. Y así se decide.
Notifíquese a las partes. En su oportunidad remítanse las Actuaciones al Tribunal de Ejecución correspondiente.
En Valencia a los20 días del mes de SEPTIEMBRE del año 2004.


JUEZ DE CONTROL Nº 2
CECILIA ALARCON

LA SECRETARIA