REPUBLICA BOIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL


CAUSA N° GP01-S-2004-001363

JUEZ OCTAVO DE CONTROL: ABG. ILVIA SAMUELS ESCALONA
FISCAL: Primera Del Ministerio Publico Abg. JOSE LUIS ROMAN
IMPUTADO(S): JOSE ALONSO UZCATEGUI FARRERA
VICTIMA: ALFREDO RAFAEL ARISTIGUETA
DELITO: HOMICIDIO CULPOSO EN ACCIDENTE DE TRANSITO.
FECHA:16-09-04
TIPO DE DECISION: Sobreseimiento

Visto el contenido del escrito de fecha 04/08/2004 presentado por la Abogado José Luis Román, Fiscal Primero Del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en virtud del cual solicita a este Tribunal decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: JOSE ALONSO UZCATEGUI FARRERA, de nacionalidad Venezolana, de 28 años de edad, de profesión u oficio Administrador, residenciado (a) para el momento de los hechos en Urbanización la Rosaleda sur, Edificio Uribante, planta baja “B” San Antonio de los Altos Guacara, Valencia, Estado Carabobo, titular de la cedula de identidad Nro V-12.261.139. Petición que formula de conformidad con lo pautado en el artículo 318 ordinal1° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que el hecho objeto del proceso no pudo atribuírsele al imputado derivada del delito de HOMICIDIO CULPOSO EN ACCIDENTE DE TRANSITO. Examinado el contenido del mismo.
Este Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: En fecha 06/09/2003, se inicia la presente investigación la cual surgió de un procedimiento realizado por el Funcionario de Transito FERMIN DIAZ REQUENA encontrándose de servicio en el peaje de Guacara, cuando se le presento un ciudadano a las 11:30 AM, el cual se identifico como JOSE ALONZO UZCATEGUI FARRERA titular de la cedula de identidad 12.261.139, el cual comunico que había tenido un accidente de transito con arrollamiento de peatón en el Km., 136 de la Autopista Regional del Centro y que se había ausentado del sitio porque temía por su vida por eso decidió llegar a la alcabala mas próxima para informar sobre lo sucedido. Posteriormente nos trasladamos al sitio d los hechos para corroborar la veracidad, se realizo el levantamiento del cadáver en presencia de las autoridades competentes por su parte el vehículo identificado PLACA AAK-41X, servicio particular ,MARCA Ford, modelo Explore 4 x 2, Año 98, fue pasado al estacionamiento y el ciudadano fue trasladado al comando de transito Guacara. Se observa que el ciudadano JOSE ALFONSO UZCATIGUI, transitaba por la Autopista Regional del Centro cuando de manera imprevista e intempestiva se atravesó un peatón identificado como ARISTIGUETA ALFREDO RAFAEL (occiso) el cual este arroyo el examen interno arrojo impregnación etílica viseras lo que comprueba que el fallecido se encontraba bajos los efectos del alcohol, por lo que se desprende en consecuencia que en el presente caso figuran como imputado(s) el (los) ciudadano(s): JOSE ALFONSO UZCATIEGUI.

SEGUNDO: Tomando en cuenta que desde la fecha que ocurrieron los hechos, 06/09/2003, hasta el día de hoy inclusive han transcurrido un lapso de 1 AŇO periodo en el cual no se han podido incorporar nuevos datos a la investigación y se pudo determinar que hay falta de atribución al imputado.

TERCERO: El artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal señala: “El Fiscal solicitará el sobreseimiento ante el Juez de Control cuando terminado el procedimiento preparatorio, estime que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedentes. En tal caso, se seguirá el trámite previsto en el artículo 323”. Considerando este Tribunal que se hace innecesario convocar a las partes y a la víctima a una audiencia oral, con el objeto de debatir los fundamentos de la petición inicialmente presentada en la causa respectiva.

DIcausa, a favor de (los) ciudadano(s) JOSE ALONSO UZCATEGUI FARRERA, suficientemente identificados con fundamento a lo establecido en el artículo 318, ordinal 1ero del Código Orgánico Procesal PenalSPOSITIVA

En virtud de los razonamientos precedentes, este Juzgado Octavo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente .

Regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo.

La Juez Octava de Control


ABG. ILVIA SAMUELS ESCALONA



LA SECRETARIA