REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Valencia, 15 de Septiembre de 2004
Años 194º y 145º
ASUNTO : GP01-S-2004-002031
Se recibió en este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 11°, presidido por la Jueza Abogada Ileana Valbuena, solicitud de DE ORDEN DE ALLANAMIENTO presentada por MARIA ALEJANDRA RUFO en su carácter de FISCAL (Aux) SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO; se le dió entrada y visto lo solicitado se resuelve los siguiente luego del estudio de la solicitud que antecede a este Tribunal observa: Nuestro Código Orgánico Procesal Penal prevé para la obtención de elementos probatorios las prácticas de las diligencias tendientes a ese fin, siendo en ocasiones imprescindibles en el proceso penal la practica de registro de lugares, cosas o personas en los cuales se sospeche puedan hallarse rastros, huellas o cualquier otro efecto material de utilidad para la investigación del hecho. En la presente causa, se solicitó se emita ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA, en un inmueble ubicado en la Avenida Lara cruce con calle Mellao, Valencia del Estado Carabobo, local donde funciona "Moto Repuestos Angelo", ya que se presume que en dicha dirección existen 174 cajas de pistones marca L.R; 27 swicheras marca SD; 03 tripas de cauchos marca Tube; 19 tripas de cauchos sin marca visible; 05 cauchos de moto marca Iron; 08 vielas marca Standart; 06 filtros marca Kochiyo; 35 Kit de pistones para moto; 02 cauchos para moto marca Feuchi y 05 escapes para moto, las cuales guardan relación con el hecho que se instruye en el Expediente G-778.209, por uno de los delitos de CONTRA LA PROPIEDAD, cuya investigación se sigue por la Fiscalía del Ministerio Público y será practicada por Funcionarios: Detective Luis Hernández y el Agente Carlos Salas Adscritos al al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación Las Acacias, de conformidad con lo establecido en los artículos 210 y 211, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, y visto que la presnete solicitud cumple con los requisitos exigidos por la ley al interés de recabar evidencias de carácter criminalísticos; es por lo que este Tribunal de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA EXPEDIR ORDEN DE ALLANAMIENTO por un lapso de Cuatro (04) días continuos a partir de la presente fecha, en la dirección arriba indicada y que la misma sea practicada por los funcionarios Detective Luis Hernández y el Agente Carlos Salas Adscritos al al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación Las Acacias. Remítase con oficio en su oportunidad a la Fiscalía 2° del Ministerio Público.-
Abg. Ileana Valbuena
JUEZ 11° EN FUNCION DE CONTROL
La Secretaria
María Elena Hernández.
Act Nº GP01-S-2004-002031