EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, uno de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : GP02-L-2004-000791

DESISTIMIENTO


En el día hábil de hoy 01 de Septiembre del 2004, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que las partes involucradas en la presente causas no comparecierón a la realización de la Audiencia ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediacion y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE .

El Juez


Abg. José Gregorio Mora Mijares

La Secretaria