REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


ACTA

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES VEINTIOCHO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2004
AÑOS 194º Y 145º


Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. JAVIER ALCALA.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce meridiano (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN RAMON GONZALEZ, en su carácter de representante judicial de la parte actora JOSE LUIS CONDE, contra la sentencia de fecha 08 de junio del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano JOSE LUIS CONDE contra la Sociedad de Comercio DISTRIBUIDORA POLAR DEL CENTRO. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto del Abogado JUAN RAMON GONZALEZ S., Apoderada Judicial de la parte Actora, quien se identificó con el número de Inpreabogado 88.385, parte apelante; igualmente se encuentran presentes los Abogados FRANKLIN J. FURGIUELE L. y MARIYELCY ORDOÑEZ SALAZAR, Apoderados Judiciales de la parte demandada, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 30.903 y 95.557 en el mismo orden. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente; quien expuso las razones y alegatos que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó el derecho de palabra a la parte Accionada, quien de la misma manera expuso sus razones y alegatos. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas. En este estado, siendo las 12:30 pasados meridiano, el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Finalizada la deliberación del presente asunto, siendo la 1:15 de la tarde, previo anuncio del Alguacil en la Sala de Despacho. Acto seguido la ciudadana Juez leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: CON LUGAR, la prescripción de la acción.
SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE LUIS CONDE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.939.429, contra la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA POLAR DEL CENTRO S.A., inscrita ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. en fecha 14 de Enero de 1974, bajo el N° 5955. SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora. Queda en estos términos confirmada la sentencia recurrida. No se condena en costas al actor por el recurso intentado en esta instancia, por cuanto no se evidencia un ingreso superior a los tres salarios mínimos.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,


HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ




EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE
ACTORA APELANTE,




LOS APODERADOS JUDICIALES DE
LA PARTE DEMANDADA,





ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA




Exp. No. 260-03
Recurso de Apelación