REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02

Guanare, 14 de Abril de 2005
194° y 146°

Vista la solicitud formulada por la ciudadana SENCION ZULETA FALCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.067.621, asistida por el Abogado ARÉVALO EDUARDO UZCÁTEGUI ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.923, para que se le designe CURADOR AD HOC a la adolescente EVELYN ZULAY PEREZ ZULETA, de 14 años de edad, por cuanto se han cumplido todas las formalidades de ley, el Tribunal considera procedente designarle a la ciudadana Guillermina Fernandez de Gonzalez, y así se decide.

Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DISCIERNE EL CARGO DE CURADOR AD HOC de la adolescente EVELYN ZULAY PEREZ ZULETA, a los fines del artículo 110 del Código Civil, en la persona de la ciudadana MERCEDES ISABEL ZULETA FALCON, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.067.508 y residenciada en La Colonia Parte Alta, cerca de tanque de agua, de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa. Expídase a la solicitante copia certificada de esta decisión.
La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
HROY/EMJV/MdJVA.
Sol. Nº 1253