REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

Visto el oficio N° 557 emanado del internado Judicial del Estado Sucre donde informa a este despacho que el examen médico que fue ordenado se le practicara al acusado Héctor González Roa, titular de la cédula de identidad N° 4.112.489, a quien se le sigue causa por el delito de Agavillamiento, porte ilícito de armas, distribución y ocultamiento se sustancias estupefacientes y psicotrópicas, es practicado en la Unidad de Medicatura Forense Ubicada en la sede del cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas. Este Tribunal sostiene que la salud es un Derecho Social fundamental, que hay que garantizarlo como parte del Derecho a la vida, por lo que este Juzgador como garante está en el deber de protegerlo, por cuanto la salud tiene rango constitucional es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le ACUERDA al acusado: HECTOR GONZALEZ ROA, Titular de la Cédula de Identidad No- v- 4.112.489, el traslado hasta la Unidad de Medicatura Forense ubicada en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de esta Ciudad, para que sea examinado por un Médico de esa institución y le ordene la práctica de los exámenes respectivos. Líbrese boleta de traslado al Director del internado Judicial del Estado Sucre. Así mismo se exhorta al Director del internado Judicial del Tomar las medidas de seguridad pertinentes para el traslado del referido detenido así como informe a la brevedad posible a este despacho una vez cumplido el traslado..Líbrese Boletas de Notificaciones para las partes.

EL JUEZ TERCERO DE JUICIO.


Dr. SAMER ROMHAIN LA SECRETARIA

Dr. FABIOLA BAUZA